Venezuela avanza aceleradamente hacia la actualización en materia de tecnologías de información y de las comunicaciones. En los últimos años esta evolución tecnológica ha revolucionado a nivel mundial las diferentes áreas del conocimiento y de las actividades humanas, fomentando el surgimiento de nuevas formas de trabajar, aprender, comunicarse y celebrar negocios. Al mismo tiempo ha contribuido a borrar fronteras, disminuir el tiempo y acortar las distancias.
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domingo, 26 de octubre de 2008
Ley Organica de Telecomunicaciones (2000)
Proyecto de Ley Orgánica de las Telecomunicaciones, la Informática y los Servicios Postales habría estado listo para ser sancionado por medio de la Ley Habilitante
Un proyecto de Ley Orgánica de las Telecomunicaciones, la Informática y los Servicios Postales se encuentra listo y redactado. No llegó a entrar dentro del paquete de leyes promulgadas con la Habilitante, aunque esa era la intención, según lo revela una sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. No obstante, este proyecto y su pretensión de promulgarlo sigue vigente, pues fue remitido a la Asamblea Nacional, junto con otros proyectos que no entraron, entre ellos, la referida al ordenamiento y Desarrollo del Territorio.
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Un proyecto de Ley Orgánica de las Telecomunicaciones, la Informática y los Servicios Postales se encuentra listo y redactado. No llegó a entrar dentro del paquete de leyes promulgadas con la Habilitante, aunque esa era la intención, según lo revela una sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. No obstante, este proyecto y su pretensión de promulgarlo sigue vigente, pues fue remitido a la Asamblea Nacional, junto con otros proyectos que no entraron, entre ellos, la referida al ordenamiento y Desarrollo del Territorio.
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Capacitación para el uso de Internet
Decreto N° 825, 10 de mayo de 2000
Artículo 5°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes dictará las directrices tendentes a instruir sobre el uso de Internet, el comercio electrónico, la interrelación y la sociedad del conocimiento. Para la correcta implementación de lo indicado, deberán incluirse estos ternas en los planes de mejoramiento profesional del magisterio.
Artículo 7°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en coordinación con las Ministerios de Infraestructura, de Planificación y Desarrollo y, de Ciencia y Tecnología, presentará anualmente el plan para la dotación de acceso a Internet en los planteles educativos y bibliotecas públicas, estableciendo una meta al efecto.
Artículo 8°: En un plazo no maya de tres (3) años, el cincuenta por ciento (5096) de los programas educativos de educación básica y diversificada deberán estar disponibles en formatos de Internet de manera tal que permitan el aprovechamiento de las facilidades interactivas, todo ello previa coordinación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
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Artículo 5°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes dictará las directrices tendentes a instruir sobre el uso de Internet, el comercio electrónico, la interrelación y la sociedad del conocimiento. Para la correcta implementación de lo indicado, deberán incluirse estos ternas en los planes de mejoramiento profesional del magisterio.
Artículo 7°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en coordinación con las Ministerios de Infraestructura, de Planificación y Desarrollo y, de Ciencia y Tecnología, presentará anualmente el plan para la dotación de acceso a Internet en los planteles educativos y bibliotecas públicas, estableciendo una meta al efecto.
Artículo 8°: En un plazo no maya de tres (3) años, el cincuenta por ciento (5096) de los programas educativos de educación básica y diversificada deberán estar disponibles en formatos de Internet de manera tal que permitan el aprovechamiento de las facilidades interactivas, todo ello previa coordinación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
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República Bolivariana de Venezuela : Derecho de Autor, Ley, 14/08/1993
Título:
Español:
Ley de Derecho de Autor del 14 de agosto de 1993
Francés:
Loi sur le droit d'auteur (du 14 août 1993)
Inglés:
Law on Copyright (of August 14, 1993)
Publicado por:
Venezuela (República Bolivariana de)
Asunto(s):
Derecho de autor
Fecha del texto de base:
14 de agosto de 1993
Fecha de entrada en vigor del texto de base:
15 de octubre de 1993
Publicado oficialmente en:
Gaceta Oficial de la República de Venezuela, 01/10/1993, No. 4.638, p. 40
Más información:
Texto notificado a la OMC el 9 de marzo de 2000 en Español. Texto principal específico.
Documento de la OMC:
IP/N/1/VEN/C/3
Código:
VE010
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Video sobre los derechos de autor
Español:
Ley de Derecho de Autor del 14 de agosto de 1993
Francés:
Loi sur le droit d'auteur (du 14 août 1993)
Inglés:
Law on Copyright (of August 14, 1993)
Publicado por:
Venezuela (República Bolivariana de)
Asunto(s):
Derecho de autor
Fecha del texto de base:
14 de agosto de 1993
Fecha de entrada en vigor del texto de base:
15 de octubre de 1993
Publicado oficialmente en:
Gaceta Oficial de la República de Venezuela, 01/10/1993, No. 4.638, p. 40
Más información:
Texto notificado a la OMC el 9 de marzo de 2000 en Español. Texto principal específico.
Documento de la OMC:
IP/N/1/VEN/C/3
Código:
VE010
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jueves, 23 de octubre de 2008
El Código de Ética del IEEE
IEEE Code of Ethics.
Nosotros, los miembros del IEEE, reconociendo la importancia de nuestras tecnologías en la calidad de vida de todo el mundo, y aceptando una obligación personal con nuestra profesión, sus miembros y las comunidades a las que servimos, nos comprometemos a guiarnos de la manera más ética y profesional y acordamos:
Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación de Venezuela
La Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) fue promulgada por la Asamblea Nacional de Venezuela el 12 de julio de 2005.
El Reglamento parcial fue aprobado el 9 de octubre de 2006. Sin embargo, la ley del 12 de julio no es la versión original. Anteriormente, fue decretada la primera versión de la ley, mediante el Decreto N° 1.290 con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.291 de fecha 26 de septiembre de 2001.
Ley Especial Contra Delitos Informaticos
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Un Articulo relacionado con los delitos Informaticos
Sin ley no hay delito
Uno de esos conceptos estaba contenido en el recientemente desterrado anteproyecto deLey Especial contra Delitos Informáticos, que el Consejo Nicaragüense ... Ver mas
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